Oficina Municipal de Intermediación Laboral (OMIL)
Teléfono: 22 396 5337 – 5333 – 5336
Dirección: Club Hípico 6238
Horario de Atención: Lunes a Viernes de 8:30 a 13:30 Hrs.
La Oficina Municipal de Intermediación Laboral, OMIL, relaciona las ofertas y demandas laborales en la comuna, de manera gratuita, además de entregar información y orientación en empleo, capacitación y seguro de cesantía.
Para inscripción laboral: la OMIL atiende residentes de la comuna que buscan trabajo por primera vez, o que carecen de éste. Los interesados deben presentar:
– Certificado de Antecedentes.
– Certificado de Residencia.
– Currículum Vitae.
– Cédula de Identidad
– Autorización Notarial (En caso de menores de edad).
Para Intermediación Laboral: La OMIL capta vacantes de empleo publicadas en medios de prensa, internet o a través de la coordinación con empresas de la comuna o de comunas aledañas, así como solicitudes de empleadores que se reciben de manera directa.
Capacitación Laboral: A través de SENCE y FOSIS, la OMIL informa a vecinos y vecinas interesados en la capacitación gratuita en diversas áreas y oficios, con el fin de mejorar sus condiciones de empleabilidad y mejorar sus destrezas y aptitudes.
Para postular a estos cursos el postulante debe acreditar su domicilio mediante un certificado de residencia otorgado por la Junta de Vecinos y su cédula de identidad, debiendo, en el mismo acto, indicar especialidad, área o nombre del curso al cual desea postular.
Subsidio de Cesantía: Consiste en el pago de una suma de dinero a trabajadores que hayan quedado cesantes y cumplan con los siguientes requisitos:
– Haber quedado cesante por causa ajena a la voluntad del trabajador.
– Tener 52 semanas o 12 meses de imposiciones, continuas o discontinuas, dentro de los dos años anteriores a la fecha de la actual cesantía.
– Estar inscrito en el Registro de Cesantes de la Municipalidad.
Este subsidio se otorga por cada día que el trabajador permanezca cesante, por periodo de 90 días cada uno, y por un plazo de 360 días, pagándose desde la fecha de presentación de la respectiva solicitud, siempre que reúna los requisitos.
La documentación que se debe presentar es la siguiente:
– Formulario Único de Subsidio de Cesantía y Cesación de Servicios que otorgas las respectivas C.C.A.F., debidamente firmado por el beneficiario y su último empleador.
– Original y fotocopia del Finiquito legalizado ante Notario o la Inspección del Trabajo.
– Certificado de Inscripción en el Registro de Cesantes de la Municipalidad.
– Cédula de identidad con dígito verificador del trabajador cesante
Seguro de Cesantía: La OMIL apoya a los vecinos y vecinas a través de la gestión para el pago de este seguro. Consiste en un ahorro mensual que hace el trabajador, complementado con aportes del empleador y del Estado. Estos recursos se van acumulando en una cuenta individual del afiliado y en un fondo solidario, dineros que son administrador exclusivamente por AFC Chile.
Quedan excluidos del seguro los siguientes casos:
– Trabajadores de casa particular
– Trabajadores sujetos a contrato de aprendizaje
– Trabajadores menores de 18 años de edad
– Trabajadores que tengan calidad de pensionados, con excepción de los pensionados por invalidez parcial
– Trabajadores independientes
– Trabajadores regidos por cualquier otra norma que no sea el Código del Trabajo
– Empleados Públicos.
Estos dineros le permitirán percibir un ingreso económico en caso de perder su trabajo, con un máximo de 5 giros. Para acceder al pago de prestaciones, sin embargo, se deben cumplir ciertos requisitos, como tener un mínimo de 12 cotizaciones en el caso de los contratados a plazo indefinido y 6 cotizaciones en el caso de los contratados a plazo fijo, por obra o faena.
El seguro de cesantía no sólo tiene beneficios en dinero, sino también en salud, asignación familiar y apoyo laboral a través del funcionamiento de una Bolsa Nacional de Empleo y capacitación.
Para solicitar el beneficio, usted debe:
– Dirigirse a la Sociedad Administradora (A.F.C.), con su respectivo finiquito o carta de aviso, además de su cédula de identidad.
– La Administradora envía a la OMIL los antecedentes del beneficiario, para que éste se inscriba y solicite empleo o capacitación.
– Si la OMIL no tuviese oferta apropiada para el beneficiario deberá señalarlo en el certificado, así como también los impedimentos que justifiquen los rechazos de las ofertas de trabajo.
– El Certificado que emita la OMIL acreditará ante la Administradora el derecho al pago del seguro.
– Para que el beneficiario prolongue su Seguro Obligatorio, debe concurrir mensualmente a la OMIL y repetir el proceso.
El trabajador pierde el derecho a percibir este beneficio al partir de la fecha en que encuentre trabajo con contrato y por lo tanto, pierda su condición de cesante.